Capítulo IX de La Ética de la Libertad de Murray Rothbard.
Afloran aquí, de todas formas, algunas cuestiones críticas. Es ahora cuando llegamos al auténtico núcleo del problema total de la libertad, la propiedad y la violencia en la sociedad. Un problema auténticamente crucial —y por desgracia casi enteramente ignorado por los teorizadores libertarios— que podemos ilustrar de la mano de los siguientes ejemplos.
Supongamos que caminamos calle abajo y vemos a un hombre, A, que sujeta a B por la muñeca y le quita su reloj de pulsera. Es aquí evidente que A está violentando a la persona y propiedades de B. ¿Podemos deducir de esta escena que A es un agresor criminal y B su víctima inocente?
Por supuesto que no. A partir de nuestra simple observación no podemos saber si A es realmente un ladrón, o si se está limitando a recuperar su reloj, que antes le había robado B. En una palabra, aunque es verdad que el reloj estaba en posesión de B hasta el instante en que fue atacado por A, ignoramos siA fue su legítimo propietario en una etapa anterior y B se lo arrebató. Hasta ahora, por consiguiente, no sabemos quién de los dos hombres es el propietario legítimo o justo del reloj. Sólo podemos obtener la respuesta indagando los datos concretos de este caso particular, esto es, mediante una pesquisa histórica.
Así, pues, no podemos afirmar sencillamente que la gran norma moral axiomática de la sociedad libertaria sea la protección de los derechos de propiedad tal como aparecen y sin más discusiones. El delincuente no tiene derecho natural a conservar la propiedad de lo que ha robado; al agresor no le asiste el derecho a reclamar propiedad ninguna sobre lo que ha conseguido mediante su agresión. Por tanto, tenemos que modificar o, mejor dicho, clarificar la norma básica de la sociedad libertaria para decir: nadie tiene derecho a agredir la propiedad justa o legítima de otro.
En resumen, no podemos limitarnos a hablar simplemente de la defensa de los «derechos de propiedad» o de la «propiedad privada» per se. Si procedemos así, corremos el grave peligro de defender el «derecho de propiedad» de un agresor delincuente, cosa que, por simple lógica, nos veríamos obligados a hacer. Tenemos que hablar, por tanto, de propiedad justa o legítima o, tal vez, de «propiedad natural». Y esto significa que tenemos que determinar, caso por caso, si un acto de violencia es ofensivo o defensivo, esto es, si nos hallamos ante un delincuente que roba a una víctima o ante una víctima que intenta recuperar su propiedad.
tomado de :http://www.enemigosdelestado.com/propiedad-y-delincuencia-por-murray-rothbard/
Juan Carlos Cachanosky, Martín Krause, Eduardo Marty (moderador). 20 de julio de 1999 | Universidad Francisco Marroquín | Duración:79 minutos. Digitalizado en 2008. Debate público entre dos destacados profesores de la escuela austriaca sobre la postura del anarquismo liberal -expuesto aquí por Krause- y el liberalismo clásico -expuesto aquí por Cachanosky- frente al Estado como monopolio de la ley. Una joya de archivo audiovisual, aunque debido a limitaciones técnicas de la época el audio si bien es comprensible es necesario prestarle mayor atención para entender los argumentos con claridad.
Juan Carlos Cachanosky, decano de la Escuela de Negocios de la Universidad Francisco Marroquín; Martín Krause, ex rector y actualmente, profesor de la Escuela Superior de Economía y Administración de Empresas (ESEADE); Eduardo Marty, fundador y director general de Junior Achievement Argentina.



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